Régimen de visitas
En los casos de custodia monoparental o exclusiva hay que establecer un régimen de visitas para el progenitor que no ejerce dicha custodia, que debe incluir las visitas intersemanales, estancia de fines de semana y reparto de vacaciones.
El régimen de visitas debe ser flexible, es decir que se debe adaptar a las necesidades de los hijos y las posibilidades de los progenitores, si bien es cierto que no debe ser caótico, de manera que nunca se sepa cuándo va a ir el progenitor a recoger a los hijos o a qué hora los va a retornar, porque esa indeterminación puede crear inseguridad en los hijos e incomodidad en el progenitor custodio.
Además, no debe interferir en los horarios de estudio y descanso de los menores, de forma que o bien el progenitor no custodio colabora con las tareas escolares y actividades extraescolares o bien se ha de adaptar a las horas que le queden libre a los hijos.
Lo ideal es que si los horarios laborales del progenitor no custodio u otro motivo ha conllevado el establecimiento de la custodia monoparental, los horarios del régimen de visitas sean lo más amplios posibles (desde la salida del colegio hasta la hora de la cena), al menos un día en semana, para que la participación del progenitor no custodio con los hijos y sus necesidades sea verdadera y no una simple visita.
La flexibilidad conlleva que la relación entre padres e hijos debe hacerse cuando se pueda, por ejemplo en los horarios de comida si el progenitor no custodio no dispone de otros para dicha necesaria relación.
En cuanto a los fines de semana, se suelen repartir alternos entre progenitor custodio y no custodio, y añadir los días festivos que se les unan alargándolos de esa manera.
Las vacaciones, por su parte, se están extendiendo en las últimas resoluciones a las escolares de los menores, de manera que se promueva mejor la relación de los mismos con el progenitor no custodio.
El régimen de visitas es un derecho de los hijos para relacionarse con el progenitor no custodio, y un derecho de éste, pero además una obligación para quién ha de ejercerlo y sobre todo con respecto de sus hijos, por lo que a la hora de su establecimiento en los divorcios de mutuo acuerdo en los convenios reguladores se ha de ser consecuente con las necesidades de los hijos y las posibilidades de quién va a ejercitarlo.
En nuestro formulario online, desde el que extractaremos los datos para redactar su convenio regulador a la medida, puede elegir los diferentes días y horarios del régimen de visitas y estancia en fines de semana y vacaciones, y tendrá una ayuda constante a la hora de tomar sus decisiones, además de la ayuda online cada vez que lo necesite.